EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declaró: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de regulación de competencia, formulada en fecha 13 de enero del 2014 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: REVOCA la decisión de fecha 17 de diciembre del 2012, proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, donde se declaró "COMPETENTE POR EL TERRITORIO PARA CONOCER LA PRESENTE DEMANDA de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA"
TERCERO: COMPETENTE al Juzgado de Primera Instancia Civil, y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas para conocer la demanda ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, intentada por la ciudadana NEUGIM IDALIA DEL V.....