observa esta juzgadora basándose en lo establecido en el articulo 73 del código orgánico procesal penal antes transcrito que el tribunal competente para conocer es el décimo en funciones de control y por lo tanto acuerda; REMITIR las causas 5C-10710-08 y 10C-6492-08 al tribunal décimo de control por las razones antes expuestas.