Por lo anteriormente señalado esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley y de conformidad con los artículos anteriormente señalados AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE AL ADOLESCENTE NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA):
, venezolano, de diecisiete (17) años de edad, identificado con cedula de identidad N° V- 20.121.126, y Partida de Nacimiento N° 351, de fecha 12 de marzo de 1981, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Cardenas, Estado Táchira, para que curse estudios Superiores por ante el Instituto Universitario Militar de Comunicaciones y Electrónica de la Fuerza Armada Nacional, ubicado en el Fuerte Tiuna, Caracas, Distrito Capital. Expídase la autorización respectiva. Hágase como se pide. Cúmplase. Déjese copia de la presente decisión.