Por todas las motivaciones de hecho y de derecho ya expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Con Lugar, el Ofrecimiento de Obligación de Manutención, presentado por el ciudadano HENRY NAZARET CAICEDO FERNANDEZ, a favor de su hija, la niña (se omite el nombre por disposición de ley) representada por su progenitora, ciudadana KAREN YULEISA BELTRAN HERNANDEZ. Todos ya suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se Fija la Obligación de Manutención que el ciudadano HENRY NAZARET CAICEDO FERNANDEZ, debe aportar a favor de su hija, la niña (se omite el nombre por disposición de ley) en la cantidad de Trescientos Bolívares (Bs.300,oo) mensuales; lo que representa el 14,65% de un salario mínimo mensual; y como Cuota Extraordinaria para los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, se Fija la cant.....