En consecuencia este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: UNICO: DECLARA CULPABLE PENALMENTE al contraventor PEREZ ESTEVEZ ARMANDO JOSE, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.717.272, de 19 años de edad, estado civil soltero, residenciado en Lacalle 4, casa nro. 19, Seboruco, Estado Táchira, por la presunta comisión de la falta contenida en el artículo 506 del Código Penal, PERTURBACIÓN DE LA TRANQUILIDAD PÚBLICA, en perjuicio del Orden Público. Imponiéndole la multa del pago al equivalente de UNA (01) Unidad Tributaria. Remítase la presente causa al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal, una vez se dicte el íntegro de la presente decisión y transcurra el lapso de Ley correspondiente. Quedan debidamente notificadas las .....