PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de CINCO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 5.677,77), cantidad que comprende la diferencia pendiente a favor del accionante, por los conceptos reclamados en la demanda, derivados de la relación laboral que vinculó a las partes y que la parte demandada se compromete a pagar así: un primer pago por la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00) el lunes 03-12-12; un segundo pago por la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00) el día 07 de enero de 2013 y un tercer pago por la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 1.677,77) el día 01-02-2013, pagos que serán efectuados por ante la URDD de este Circuito Judicial Laboral. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que na.....