ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7°, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 eiusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los ciudadanos 1) WILMER JOSÉ CÁRDENAS PACHECO, quien dice ser de nacionalidad colombiana, mayor de edad, República de Colombia, nacido en fecha 13 de enero de 1991, de 20años de edad, hijo de Wilmer López (V) y de Nelly Cárdenas (V), indocumentado, soltero, de profesión u oficio mecánico de motos, residenciado en la calle 01, detrás de la INOS, al frente de la familia los Ruedas, San Antonio de Táchira, teléfono 04161760175 y 2) JONATHAN RAFAEL CÁRDENAS quien dice ser de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de San Antonio del Táchira, , nacido en fecha 22 de Abril De 1989, de 23 años de edad, hijo de Wilmer López (V) y de Nelly Cárdenas (V), titular de la cedula de identidad N ° V.- 23.548.302, soltero, de profesión u oficio trabajo obre.....