Este Tribunal considera procedente la misma, y en consecuencia homologa la transacción celebrada entre las partes, acuerda darle el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil; todo lo cual decide éste JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD LA LEY.
Publicase, registrase, déjese copia certificada conforme lo dispone el articulo 248 del Código de Procedimiento Civil y archivase el expediente.
El Juez Temporal
Antonio Mazuera Arias
Secretario Titular
Jesús A. Landinez Niño
En la misma fecha siendo las tres de la tarde (3:00 pm) se publico la anterior decisió.....