este Tribunal declara abierta la audiencia de juicio ordenando a la secretaria anunciar el acto y verificar la presencia e identidad de las partes. A continuación la secretaria a viva voz anuncia el acto y deja constancia de la incomparecencia de la demandante en la presente causa ciudadana KATIUSKA CAROLINA ZAMBRANO PARADA, identificada en autos, QUIEN NO SE PERSONÓ NI POR SÍ NI POR MEDIO DE APODERADO JUDICIAL ALGUNO, así mismo se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Acto seguido el ciudadano juez vista la incomparecencia de las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara el desistimiento del procedimiento. Por la motivación antes expuesta este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: DESIS.....