Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Catorce Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente, Líbrese la correspondiente autorización y ofíciese al Director de la Zona Educativa a fin de informar el aumento de la obligación alimentaria