En mérito de lo expuesto, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
RESUELVE,
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra del ciudadano WILLIAM DE JESUS GOMEZ GARRIDO, Venezolano, natural de CaJA Seca Estado Zulia, Titular de la Cedula de identidad Nº V.- 14.022.434, de 30 años de edad, nacido en fecha 10-04-78, soltero, de profesión u oficio recepcionista residenciado en la calle 7 entre carreras 9 y 10 Hotel Parador del Hidalgo San Cristóbal Estado Táchira, por la por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEACIENTES Y PSICOTROPICAS previstos y sancionados en los artículos 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, de conformi.....