En consecuencia, ésta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley HOMOLOGA y acuerda impartir su debida aprobación al contenido del convenio suscrito por los solicitantes, en todas y cada unas de sus partes en los términos y condiciones expresados de conformidad con lo establecido en el artículo 518 y 365 de Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente (LOPNNA). Asimismo, se ordena librar oficio a la Dirección de Recursos de la Secretaria Sectorial de Administración de la Gobernación de estado Vargas, a los fines de que sea descontado de la nomina del funcionario Evelio Lozada, la cantidad de Quinientos Bolívares mensuales (Bs. 500,00), los cuales deberán ser depositados en la Cuenta de Ahorros Nº 0105019200019217947-0 del.....