VI
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil PREACERO PELLIZARI C.A., contra el Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la Contestación sin número emitida en fecha 04 de septiembre de 2009, emitida por la doctora María Alix Dávila de Vivas, médica especialista de la DIRESAT Táchira, al recurso de Reconsideración propuesto por el trabajador José Gregorio Vivas Pérez, mediante la cual modificó parcialmente el dispositivo de la Certificación Médico Ocupacional N° 0072/09, de fecha 01/06/2009, emanada del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral, Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Táchira y Municipios Páe.....