En orden a las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la abogada Martha Virginia Gilles Redondo, apoderada judicial de la parte demandante mediante diligencia de fecha 31 de enero de 2005.
SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR la demanda de divorcio incoada por Luis Germán Leal Chacón en contra de la ciudadana Delia del Carmen Izarra con fundamento en las causales establecidas en los ordinales 2° y 3° del artículo 185 del Código Civil.
TERCERO: Queda CONFIRMADA la decisión apelada.