DECLARA CON LUGAR la demanda por AUMENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA formulada por la ciudadana MILDREY JOHANA HERNANDEZ URBINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-14.503.588, en contra del ciudadano JOSE HERNAN CHACON DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-11.504.300, a favor de la niña KEYLA PAOLA CHACON HERNANDEZ. En consecuencia se Aumenta la obligación alimentaría en la suma de Bs.90.000,00 mensuales.
Notifíquese a las partes.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendad en la Sala de Juicio del Tribuna de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira en San Cristóbal a los treinta días del mes de marzo del año dos mil cinco. Años 194 de la Independencia y 145 de la Federación