ESTE JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de la defensa de desestimar la acusación fiscal y decretar el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo establecido en el ordinal 4º del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.