Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con lugar la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana GLORIA INES PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-12.631.001, domiciliada en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre del adolescente (omitido por art.65 LOPNA), asistida por la Abogada en ejercicio YANHI DEL VALLE VIVAS VIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.80.627, contra el ciudadano JOSE HERNAN COLMENARES MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-10.850.296, domiciliado en Guasdualito, Estado Apure y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Obligación de Manutención para el adolescente DANIEL JOSUE COLMENARE.....