Con base a la motivación precedente este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: NIEGA el otorgamiento de la formula alternativa de cumplimiento de pena relativa a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a la penada IVIS DEL CARMEN COLMENARES, quien es nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacida el 02-11-1963, de 44 años de edad, hija de Carmen Colmenares y Marco Jesús Kellys, de profesión u oficio del hogar, residenciada en la Parroquia Maiquetía, Barrio Atanasio Girardot, Sector La Playa, casa sin número, con piedras en la fachada, Estado Vargas y titular de la cédula de identidad Nº 7.924.398, en virtud de no estar dados los requisitos exigidos en el ordinal artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal.