DECLARA IMPROCEDENTE la demanda por resolución de contrato de arrendamiento, incoada por la ciudadana MARIA LOURDES VEGA DE AYALA asistida por el abogado ANDRES ELADIO PERNIA MORA, contra la ciudadana OLIGIA DEL CARMEN BARRERA CARRILLO, en su carácter de arrendataria del inmueble ubicado en el Sector Madre Juana, Avenida Principal, Nº F-15-A, de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira; por ser contraria a Derecho la petición de la accionante.