DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados Lisandro Ramón Seijas González e Hilda María Mora Ramírez, en su carácter de defensores del acusado BORIS FABIAN CAÑAS REYES.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 05 de mayo de 2011, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual lo condenó a cumplir la pena de quince (15) años y tres (03) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Tráfico Ilícito en la modalidad de Transporte Agravado de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149 encabezamiento en concordancia con el artículo 163 numeral 11 de la Ley Orgánica de Drogas, y Uso de D.....