PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de CUARENTA Y UN MIL CIENTO VEINTISIETE CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 41.127,32), cantidad que se discrimina de la siguiente forma: VEINTITRES MIL CIENTO VEINTISIETE CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS DE BOLÍVARES por concepto de prestaciones sociales por la terminación de la relación laboral que existió entre las partes, de los cuales la trabajadora recibió un anticipo de OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA BOLÍVARES (Bs. 8.430,00), quedando un saldo pendiente de CATORCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 14.697,32) que la parte demandada se compromete a pagar el día 03 de octubre de 2011. Adicionalmente la empresa demandada paga a la accionante la cantidad de DIECIOCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 18.000,00) por concepto de la Indemnización por Discapacidad Parcial Permanente reclamada en el libelo de demanda, cuya suma será pagada el día 20 de octubre de 2011. L.....