En este estado el Tribunal procede a declarar legalmente EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el vehículo antes descrito, en consecuencia se declara su Desposesión Jurídica de conformidad con el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y se le hace entrega del mismo al Depositario Judicial designado en este acto, quien lo recibe conforme y en las condiciones en que se encuentra. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a las 12:00p.m, y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.