Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por la ciudadana ESTEFANY ELIZABETH DURÁN MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad n.º V.-25.463.377, en su carácter de única heredera universal de la de cujus DILIA ELIZABETH MÁRQUEZ DE DURÁN, contra el INSTITUTO POLITÉCNICO SANTIAGO MARIÑO