"... En fecha 10 de noviembre de 2011, se acordó la notificación de la ciudadana NEIDA YORLEY DUQUE ZAPATEIRO, quien compareció en fecha 25 de noviembre de 2011, quien textualmente manifestó: "Visto el ofrecimiento hecho por el ciudadano FELIX WALDEMAR CONTRERAS QUIROZ, en fecha 03 de noviembre de 2011, por aumento de la obligación de Manutención ACEPTO lo ofrecido en referencia a la mensualidad y las cuotas extras".
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO expresado por las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Expídase copia certificada de la presente SENTENCIA INTERLOCUTORIA para el archivo de este Tribunal..."