En consecuencia, en mérito de los argumentos anteriormente esgrimidos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO UNO EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE:PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado NORVIS RAFAEL MONCADA, venezolano, con C. I.N° 15.990.257, residenciado Calle 5 con carrera 8, vereda 1, Casa S/N, Palmira, Municipio Guásimos, Estado Táchira, a quien el Ministerio Público les atribuye la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de DUBIA THAIS MONCADA, por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Especial.-SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la prosecución del pr.....