Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR las Cuestiones Previas opuestas por HERNÁN BALLEN GONZÁLEZ, colombiano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° E-81.153.127, representado judicialmente por los abogados EFRAÍN JOSÉ RODRÍGUEZ GÓMEZ y JESÚS ARNOLDO ZAMBRANO CASTRO, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 28.204 y 36.806, contenidas en los ordinales 11° y 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia fotostática certificada de la misma en formato digital PDF según lo preceptuado en Resolución número 2016-0021 de fecha 14 de diciembre de 2016 d.....