Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por OMAIRA ELENA SÁNCHEZ DE CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.10.169.730 contra: C.A., TIPOGRAFÍA CORTES, en la persona de su representante legal ciudadano FABIO ANTONIO CORTES NIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad No. 9.210.082, por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos.
SE CONDENA a la parte demandada, al pago de la cantidad de TRES MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TRECE BOLIVARES CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs.3.167.413,18), por los conceptos de, Vacaciones Fraccionadas, Bono Vacacional Fraccionado, Utilidades Fraccionadas, Artículo 666 L.O.T., Bono de Transferencia, Antigüedad articulo 108.....