este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Número Cuatro del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD POR UNA MENOS GRAVOSA, de las previstas en el artículo 256 ordinales 3º y 4º en concordancia con el artículo 259, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado, HENRY MORENO CORTEZ, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, fecha de nacimiento 26-09-1974, de 32 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-19.737.816, de profesión u oficio orfebre, de estado civil soltero, hijo de Luis Moreno (v) y Carmen Cortez (v), domiciliado en la calle 8 entre carreras 15 y 16 casa N° 15-57, Barrio Obrero, Estado Táchira, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el Artículo 457 del Código .....