este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando establecido:
PRIMERO: Se establece el aumento de la cuota de obligación de manutención en la suma de DOCE MIL BOLÍVARES (Bs.12.000,00) mensual.
SEGUNDO: En los meses de agosto y diciembre los gastos de útiles escolares, uniformes, así como vestido y obsequio navideño serán cubiertos en un 50% cada uno.
TERCERO: En cuanto a gastos médicos, medicinas y vestido o cualquier otro gasto adicional, será en igualdad de condiciones, es decir el 50% cada uno.
CUARTO: Se aumentará proporcionalmente la cantidad aquí estipulada, al año después de la presente homologación y de acuerdo a la capacidad económica del pad.....