PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda por DESALOJO, propuesta por el ciudadano JESUS NAHUM MANRIQUE VILLAREAL representado por el Abogado RAFAEL NAPOLEÓN VILLEGAS ÁVILA, contra la ciudadana BEATRIZ VIVAS DE CALDERON representada por la Abogada MARÍA CONSUELO BÁEZ DE CELIS.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada BEATRIZ VIVAS DE CALDERON, a la entrega de inmueble que ocupa en calidad de arrendataria, ubicado en la carrera 10 entre calles 8 y 9, Nº 8-86, Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.