DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por RUPTURA PROLONGADA de los ciudadanos ELISEO EDUARDO GUERRERO GÓMEZ y LUZ DELIA MANZANERO DE GUERRERO, antes identificados. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día treinta (30) de julio de 1970, por ante el Juzgado Primero de Municipios Urbanos de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, según Acta de Matrimonio N° 13.