Por todos los razonamientos anteriormente esgrimidos de hecho y derecho, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se imparte HOMOLOGACIÓN al desistimiento formulado por la ciudadana KARLA ANDREINA GUILLEN OVIEDO, venezolana, mayor de edad, identificado con la cédula N° V.- 17.817.880, asistida de la ABG. LUCY CAROLINA FLOREZ DE MANTILLA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 105.389, téngase la presente como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.