este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: ÚNICO: DECLARA CULPABLE PENALMENTE al ciudadano LEONEL RODRIGUEZ ROA, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N ° V-20.368.865, fecha de nacimiento 07-06-1990, de 23 años de edad, soltero, comerciante, residenciado en el sector Araguaney, casa 96, calle 2 La Fría Municipio García de Hevia Estado Táchira, teléfono 0414-7723892 por la falta denominada PERTURBACION DE LA TRANQUILIDAD PÚBLICA, previsto y sancionado en el artículo 506 del Código Penal en perjuicio del Orden Público, imponiéndole el cumplimiento del pago de la multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA (1 U.T).
Remítase la presente causa al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal, una vez se dicte el íntegro de la presente decisión.