En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 10 de febrero de 2014 y ratificada en diligencia de fecha 12 de febrero de 2014.
SEGUNDO: PARCIALMENE CON LUGAR la demanda por cobro de bolívares vía intimación, incoada por los ciudadanos Rafael Harley Ramírez Zambrano y María Stella Altuve de Ramírez contra el ciudadano Víctor José Chacón Guerrero. En consecuencia, condena al demandado a entregar inmediatamente a la parte actora, los siguientes bienes: 1.- Una caja fuerte de color azul, serial 4277 para incrustar en pared, en mal estado de conservación, de la cual se desconoce su contenido. 2.- Treinta (30) rollos.....