Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común de los ciudadanos AMERICO DE JESUS RODRIGUEZ y JULLY ANYI JOSE ROMERO, Portugués y venezolana, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° E.- 894.067 y V.- 10.116.126, en su orden, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos, en fecha 17 de julio de 1986, mediante acta N° 125, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia 23 de Enero, Departamento Libertador, del Distrito Federal.