Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA,
administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el divorcio por desafecto presentado por la abogada en ejercicio NILDA DEL CARMEN SEGOVIA ROSAS; inscrita en el inpreabogado N° 26.187; actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano ANTONIO JOSE RUGELES RAMIREZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-20.625.549, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil en concordancia con las sentencias N° 446/2014 de fecha 15 de mayo de 2014 emanada de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y N° 1070 de fecha 09 de Diciembre de 2016 de la misma sala, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre el ciudadano ANTONIO JOSE RUGELES RAMIREZ.....