En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena al ciudadano JUAN VICTOR DIAZ HERNANDEZ, de nacionalidad Dominicana, natural de Santo Domingo, nacido en fecha 15 de Mayo de 1985, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Carlos Díaz (f) y de Josefina Hernández (v), domiciliado en Avenida Soublette, Sector Manuelita Sáenz, parte baja, casa de dos plantas de color azul, al frente del tanque, Parroquia Catia La Mar, Estado Vargas, titilar de la Cedula de Identidad de la República Dominicana Nro. 001.1766267.6, de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo .....