DECRETA al imputado adolescente, PÉREZ IDENTIFICACION OMITIDA Medidas Cautelares sustitutivas de la Privación de Libertad de las previstas en el artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente literales: b) Obligación de someterse al cuidado y vigilancia de su representante legal, c) Presentación ante este Tribunal cada ocho (08) días, e)Prohibición de concurrir al lugar de los hechos específicamente al Saber Café (Panamá ) , F) Prohibición de Comunicarse con la Victima o testigos del Presente caso, por estar presuntamente involucrado en el delito de ROBO AGRAVADO tipificado en el artículo 458 del Código Penal, todo esto para cumplir con la finalidad de asegurar que esta joven estará presente en cualquiera de los actos que le convoque el Tribunal en su proceso penal.