DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE en su totalidad la solicitud presentada por la DRA. ARACELYS MATAMOROS, en su condición de Fiscal Auxiliar Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de CIANI CALIN LADISLAU, quien manifestó saber y entender perfectamente el idioma Castellano, de nacionalidad Romaní, nacido en oradea, el día 31-01-1989, de 19 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, hijo de LASELLO (V) y de MARIA (V), Portador del Pasaporte Nº 13592391, residenciado en: SUMUGIV NR2.
Segundo: DECRETA la privación judicial preventiva de libertad del imputado CIANI CALIN LADISLAU, de conformidad con lo es.....