DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano CHARLES ANYANWU, de nacionalidad Nigeriana, titular del Pasaporte N° A1655699, nacido el 01/07/1982, de 25 años de edad, de profesión Profesor, de estado civil soltero, hijo de Mary Anyanwu y Anthony Anyanwu, residenciado en: La California, calle principal de la Segunda Transversal, casa Nº 19, Urbanización el Dorado, Caracas. (0412-314.09.58), Dirección del Trabajo: Edificio Miranda, Avenida Fancisco de Miranda, Piso N° 06, Oficina A-6, Núcleo B, Centro Profesional de Estudios Ingles, Chacao, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente para el momento de los hechos en su ú.....