CONDENA al acusado LUIS SALOMON LOZANO NAVIAS, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en el debate oral, de conformidad con lo previsto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. SEGUNDO: CONDENA a LUIS SALOMON LOZANO NAVIAS, a cumplir la pena accesoria establecida en el artículo 60, ordinal 1 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se le exime del pago de las costas procesales, todo ello en atención a lo previsto en el artículo 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. TERCERO: ABSUELVE de los cargos fiscales a la ciudadana RUBIS DEL CARMEN VALENCIA, plenamente identificada, de .....