AUTORIZA EL TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, al ciudadano ABDEL RAHMAN ALI SALIH, titular de la cedula de identidad Nº E- 82.361.098, quien es de nacionalidad Jordana, donde nació el 11-08-1975, de profesión u oficio comerciante, de estado civil casado residenciado en la carrera 18, con calle 54, edificio Ciudad del sol, piso 2 apartamento 2-5, Barquisimeto estado Lara, como fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal modificado, el cual se aplica de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Carta Fundamental, debiendo pernoctar el citado ciudadano en el Centro de Pernocta de Barquisimeto Estado Lara, antigua sede del Internado Judicial, obligándose al mismo a cumplir las condiciones establecidas en la presente decisión.