CONDENA al acusado JHON JAIRO GARCIA ALZATE, titular de la cedula de identidad Nº E.-84.377.927, quien dijo ser de Nacionalidad Colombiana, Natural del Cali-Colombia, nacido en fecha 10-12-1969, de 42 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Julio Cesar García (F) y de María Amparo Alzate (v), con residencia en Edificio Aguja Azul, apartamento 2-38, urbanización Playa Grande, Catia La Mar, Estado Vargas, a cumplir la pena de CINCO AÑOS y CUATRO MESES DE PRISION, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en su encabezamiento de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias y Estupefacientes y Psicotrópicas, normativa vigente para la fecha de los hechos, delito cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en la presente. Asimismo, se le condena a cumplir las penas accesorias establecidas en e.....