éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDERAS a los ciudadanos MARIA TERESA CHIRINO DE PIÑANGO, ROSA JOSEFINA PIÑANGO HERNANDEZ, DAMELYS DEL VALLE PIÑANGO DE SALAZAR, PEDRO JOSE PIÑANGO HERNANDEZ Y LEYDA MARIA PIÑANGO DE CHIRINOS, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 9.513.701, V- 6.476.643, V- 6.468.055, V- 6.484.162 y V- 6.484.161 respectivamente, con respecto al De-Cujus PEDRO BIBIAN PIÑANGO, ex titular de la cédula de identidad número V-1.452.203, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los cuatr.....