DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Habiendo escuchado la exposición del Ministerio Publico luego de su imputación y los alegatos de la defensa, quien aquí decide, PRIMERO: Se Acoge a la precalificación dada por la Fiscal del Ministerio Público, por el delito contenido en el artículo 451 del Código Penal, que establece y sanciona el delito de ROBO GENERICO previsto en el artículo 455 del Código Penal. Declarando Sin Lugar la Solicitud de la Defensa del cambio de calificación jurídica. SEGUNDO: Se Acuerda la tramitación del presente procedimiento conforme a las reglas que para él establece el procedimiento ordinario establecido en los artículos 280 y .....