Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA de SEIS (06) AÑOS DE PRESIDIO, impuesta al ciudadano RAGA GIL ANGEL JESUS, titular de la cédula de identidad N° 10.806.249, mediante sentencia dictada por el hoy suprimido Juzgado Superior Segundo en lo Penal, de la Circunscripción Judicial del Municipio Vargas del Distrito Federal, por la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 457 y 37 del Código Penal. (Hoy reformado), y como consecuencia de ello su LIBERTAD PLENA, al haber operado la prescripción de la misma, conforme a lo establecido en el artículo 112 ejusdem.