DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de conformidad con el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 272 constitucional, artículos 20, 53 y 56 del Código Penal, acuerda CONVERTIR EN CONFINAMIENTO EL RESTO DE LA PENA IMPUESTA a la penada CINDY GENARA GALVIS MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.338.965, de nacionalidad Venezolana, nacida en fecha 24-11-1977, de estado civil soltera, de profesión u oficio Agente de Viaje, residenciada en Queens, 40 con 40, calle 79 apartamento C-221 Ciudad de Embargos, New Cork, por el tiempo que le falta por cumplir de la pena, que sería de ONCE (11) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS, en la localidad del Estado Aragua, Municipio Foráneo de conformidad con lo es.....