DISPOSITIVA
En base a las argumentaciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA de la AUDIENCIA PRELIMINAR celebrada en fecha 23 de febrero de 2006 por ante el Juez Tercero de Control de esta misma Circunscripción Judicial. Así mismo, se declara LA NULIDAD ABSOLUTA de los actos subsiguientes, hasta la presente fecha, con excepción de la presente decisión. ACORDANDOSE en consecuencia la celebración de una nueva AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, dando cumplimiento a las formalidades y garantías establecidas en el Código Orgánico Procesal, así como emitir los pronunciamientos de ley, decisión esta que se dicta de conformidad con los artículos 1, 2, 4, 6, 12, 139, 190, 191, 195, 196, del Código Orgánico Procesal Penal y 49 numeral 1° de la Constitución de la R.....