Este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el ciudadano WILIEM ASSKOUL SAAB, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.023, procediendo con el carácter de apoderado de la sociedad mercantil denominada MULTISERVICIOS IRUANY, C.A., contra la negativa de apelación proferida por el A Quo en fecha 2 de Octubre de 2018, en consecuencia, se ORDENA al Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, oír el recurso de apelación interpuesto por la precitada representación judicial en fecha 01/10/2018, contra la decisión proferida en fecha 13/08/2018 por el precitado Juzgado. Así se establece.