DECRETA: PRIMERO: La Privación Judicial privativa de Libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 559 y 628 parágrafo primero literal ¿A¿ de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente al imputados Identidad Omitida, de 17 años e edad, titular de la Cédula de Identidad N°. Omitido, por encontrarlo responsable de la presunta comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, 8 y 10 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo, por ser uno de los establecidos en el parágrafo segundo literal ¿A¿ del artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y con relación al adolescente imputado: Identidad Omitida, se acuerda la aplicación de Medidas cautelar sustitutivas a la privación de Libertad de las contenidas en el artículo 582 literales B, C, D, E y F de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la presunta comisión del delito de Por.....